martes, 30 de marzo de 2010

ius



DISPONGO: Se decreta por esta causa la prisión provisional y comunicada de Don Jaume Matas Palou que podrá eludir si en el plazo de setenta y dos horas desde la notificación de la presente presta una fianza por importe de tres millones de euros y constituye obligación de comparecer ante este Juzgado los días uno y quince de cada mes así como cuantas veces fuere llamado, debiéndose para llevarla a efecto, expedir los correspondientes mandamientos. Antes de la prestación de la fianza y para el supuesto de que lo sea se decreta complementariamente la prohibición de abandonar el país y la retirada de su pasaporte.

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